Este jueves día 16 de marzo en la Biblioteca, ha habido una nueva sesión para la extracción de sangre a perros para el control de ADN. Recordamos a todos los que tengáis perros la obligatoriedad de realizar este control así como, la obligación de que lleven todos los perros controlados la placa identificativa que se entrega unos días después en el Ayto.
Ante el problema de los excrementos caninos abandonados en la vía pública el Ayuntamiento puso en marcha el año pasado la campaña para identificación de perros por ADN.
Con vistas a compatibilizar la tenencia de animales con la higiene, la salud pública y la seguridad de las personas y bienes, el pleno del Ayuntamiento de Bonares procedió a la modificación de la Ordenanza Municipal de Protección de los bienes públicos y elementos urbanísticos y arquitectónicos para contemplar en la misma la obligatoriedad de someter a los perros a un análisis de sangre para determinar la huella genética del animal (ADN).
Dicha extracción Obligatoria de sangre para la huella genética que será también gratuita durante el año 2017, tiene el objetivo de asociar los excrementos depositados en la vía pública con el responsable de dicha infracción.
Ordenanza municipal de protección de los bienes públicos y elementos urbanísticos y arquitectónicos.
El “Art. 14 Excrementos”, de dicha ordenanza establece:
Las personas que conduzcan perros u otros animales deberán impedir que éstos depositen sus deyecciones en las aceras, calles, paseos, jardines y en general en cualquier lugar dedicado al tránsito de peatones o juegos infantiles.
Al ser más comunes los excrementos de perros éstos deberán estar identificados previamente y … que junto con la extracción de sangre del animal se determinará la huella genética del mismo (ADN).
Una vez asociada la muestra al perro el laboratorio enviará una chapa identificativa al Ayuntamiento que estará a disposición del dueño del animal y que los perros deberán llevar obligatoriamente en lugar visible.
Una vez identificado al dueño del animal infractor el Ayuntamiento procederá a la imposición de la sanción.
El “Art. 22 Clasificación de las infracciones” establece como infracción leve:
- m) No recoger los excrementos en la vía pública de los animales de que se sea responsable. Así mismo no tener los perros identificados dentro del plazo establecido, así como no llevar la chapa identificativa correspondiente.
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Colaboración con el grupo de Voluntarios “La Voz de Ellos”.
El Ayuntamiento viene colaborando con el grupo de voluntarios “La Voz de Ellos”, que realiza una labor importante en la recogida de perros y la búsqueda de personas que quieran adoptar a los perros recogidos. Esta colaboración del Ayuntamiento consiste en:
Uso de las perreras que dispone el Ayuntamiento.
Asumir los gastos de Manutención de los animales durante su estancia en las perreras.
Asumir los gastos de identificación y pasaporte de los animales adoptados.
¡No abandones tus mascotas!