Especial Sabías Que – Archivo Municipal de Niebla. 1897 (III)

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Año 1897

Línea de término y señalamiento de Mojones comunes a los términos de Bonares y Niebla (III)

Reunidos el jueves día quince de Julio de 1897, en el sitio denominado de “La Adelfilla”, los representantes de los Ayuntamientos de Niebla y Bonares, previa citación hecha por el Oficial Tercero del Cuerpo de Topógrafos D. Ramón Soto y Bovadilla, Jefe de la 5ª Brigada Topográfica, en cumplimiento de la ley de 24-8-1896, la cual ordena que se proceda a la rectificación de las cartillas evaluatorias de la riqueza rústica y pecuaria y a formar el catastro de cultivos y el registro fiscal de predios rústicos y de la ganadería en todos los términos municipales de España, se procedió a la operación en la forma siguiente:

-Quinto Mojón. En la intersección del eje de las aguas del ”Arroyo de los Carrascales”, hasta el nacimiento del “Arroyo de La Granja”, con la normal bajada a dicho eje desde el siguiente Mojón Auxiliar, en un montón de tierra de forma ligeramente cónica de 80 centímetros de radio en su base y de 90 centímetros de altura, colocado en la unión de la margen derecha de dicho arroyo con la orilla de un camino carretero que de Niebla conduce a Bonares, próximamente unos 16 metros al sur de una construcción de mampostería de forma prismática cuadrangular y terminando en forma de casquete esférico, saliendo de su centro una cruz de hierro, de 3 metros de altura y 65 centímetros de lado en su base cuadrada, conocida esta construcción como “La Peana”. Dista de este mojón auxiliar unos 25 metros al sur del centro o eje de la vereda de carne conocida como “Carril de Los Moriscos” y de la que solo existe en la actualidad, un carril de unos 4 metros de ancho aproximadamente. Este mojón solo tiene por objeto determinar la verdadera posición del quinto mojón.

Las comisiones de los Ayuntamientos de Niebla y Bonares, tampoco se pusieron de acuerdo para fijar la línea límite que debe unir el cuarto mojón con el quinto, en vista de lo cual se procedió a demarcar provisionalmente la que en la actualidad constituye la posesión de hecho, que según la comisión de Bonares, justificándolo con la certificación del amillaramiento correspondiente y es como sigue: desde el mojón cuarto va por la normal levantada al eje de las aguas del “Arroyo de los Carrascales” hasta el eje del “Carril de Los Moriscos” y cuyo punto se encuentra aproximadamente a unos 4 metros del mojón cuarto. Desde este punto de encuentro sigue la línea por el término del centro o eje del citado carril hasta su intersección con la normal bajada hasta el mojón quinto.

La Comisión del Ayuntamiento de Niebla no acepta esta propuesta de trazado, al entender que la posesión de derecho debe ir por el eje de las aguas corrientes del citado arroyo. Pero en vista de que los terrenos comprendidos entre el arroyo y el carril, contribuyen en Bonares, se determinó provisionalmente la línea de hecho sin perjuicio de los derechos o reclamaciones que tengan presentadas o traten de presentar a la autoridad competente.

-Sexto Mojón. En la intersección del eje de las aguas del “Arroyo de La Granja” con la bajada a dicho eje desde el siguiente Mojón Auxiliar, situado en un montón de tierra de forma cónica de 70 centímetros de radio en la base y de 1 metro de altura y colocado en “El Pozuelo” en la marguen izquierda del citado arroyo y en terrenos de olivar pertenecientes a D. Bernardo Pérez Toro, vecino de Bonares y a 2 metros del pretil sur de una alcantarilla que sobre dicho arroyo tiene el camino carretero que de Niebla conduce a Bonares. Este mojón no tiene más objeto que determinar la exacta posición del mojón sexto, ya descrito. La línea de término reconocida entre este y el mojón quinto, es el eje de las aguas corrientes del “Arroyo de La Granja”.

  • Raúl Delgado.