Nuestra Constitución.

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"juan coronel"

Nuestra Constitución.

"constitución española"En estos días ,6 de Diciembre de 1978, los españoles mayores de edad apoyamos en votación la actual Constitución Española.

Desde entonces hasta hoy han transcurrido treinta y cinco años durante los cuales la llamada Carta Magna a nivel general ha  sido positiva para los españoles.

Para velar por su justa aplicación, al menos  para eso se creo, existe un Tribunal Constitucional.

En teoría todo parecía indicar que tras su entrada en vigor se acabarían los abusos, las decisiones injustas, las imposiciones de los poderes fácticos y otros, que durante la dictadura nos habíamos visto obligados a soportar.

Ahora tras tres décadas y media de existencia es tiempo de comentar si su aplicación o silencio ante hechos que nos afecta, ha sido lo que de ella se esperaba o no.

[pullquote]Por lo que a mí respecta creo que durante este tiempo  ha habido luces y sombras.[/pullquote]

A favor de nuestra Constitución está que ha servido para que se desarrolle con cierta normalidad la democracia en nuestro país, propiciando con ello la convivencia ciudadana entre los españoles, lo cual es mucho.

Está claro que nuestra Ley de Leyes no es dogma de fe  y es por ello por lo que el Tribunal Constitucional decide cuando se plantean disputas entre partes interesadas. Decisiones estas que a veces se ven claras y razonables por parte de los ciudadanos y otras que solo entienden los técnicos en la materia, quedando buena  parte de la población sin entenderla y a veces acatando pero a la vez criticando sus decisiones.

Si miramos el  texto constitucional vemos como el mismo contempla una serie de artículos de especial interés para la mayoría de la población española, impidiendo a las administraciones hacer un uso indebido de los mismos o bien no aplicar su contenido.

A continuación pasó a relacionar tales artículos a la vez que hago un comentario sobre ellos:

Artículo 1: España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho.

Comentario: ¿De verdad nos creemos que somos un Estado social?

Artº 14: Los españoles somos “iguales ante la Ley”.

C: A veces por lo que vemos y conocemos de las decisiones de los tribunales de  justicia, existen dudas razonables de que así sea, teniendo la impresión de que existe dos varas de medir, una para los poderosos físicos o jurídicos que por lo general reciben un mejor trato de la  justicia y otra para los débiles, a los cuales se le suele aplicar la justicia con todo su rigor  y más ahora con el pago de las tasas.

Artº 31: Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica, mediante un sistema tributario justo, inspirado en los principios de igualdad y progresividad.

C: De verdad  que el sistema impositivo actual es justo, igual y progresivo. Que decir  de la

Sitel, el Fraude fiscal o los Paraísos fiscales, no parece que se utilice lo que recoge el texto.

Artº 35: Todos los  españoles tienen el deber de trabajar y el “derecho al trabajo” y a una “remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia”.

C: ¿Creen ustedes que este artículo se cumple?, con cerca de 6.000.000 de parados y unos salarios cada vez más  bajos.

Artº 39: Los poderes públicos “aseguran” la protección social, económica y jurídica de la familia.

C: Que decir del cumplimiento de este artículo, cuando las familias están cada vez más desprotegidas.

Art: 41: Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos  que garantice  la asistencia y prestaciones sociales “suficientes” ante situaciones de necesidad, especialmente en casos de  “desempleo”.

C: ¿Que aplicación hace las administraciones de este artículo. Lo que vemos es lo contrario. Cabe explicar aquello de que “De lo dicho a lo hecho hay un buen trecho”.

Art 47: Todos los españoles “tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y  adecuada”. Los poderes públicos “promoverán las condiciones necesarias” y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, “regulando la utilización del suelo “de acuerdo con el interés general para “impedir la especulación”.

C: Que decir de este artículo de nuestra Constitución cuando impera el “desahucio” no hay facilidades para la adquisición de la primera vivienda, las parejas vuelven a residir con los padres, a los jóvenes cada vez le es más difícil  acceder a una vivienda y el suelo en vez de regularlo se ha liberalizado. No parece que las actuaciones se someta al texto.

Art 48: Los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la  juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural.

C: Esto dice el artículo, lo real es que la juventud está poco menos que abandonado a su suerte, con más del 35% en desempleo, reducción del número y cuantía de las becas, dependencia de los padres, imposible de adquirir una vivienda, dificultades en las iniciativas culturales y otras.

Art 49: Los poderes públicos realizaran una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos  a las que “prestará la atención especializada que requieran”.

C: Como se conecta este artículo con la drástica reducción del contenido y ayuda a la Ley de Dependencia, que la administración lleva a cabo.

Artº 50: Los poderes públicos garantizaran mediante previsiones adecuadas y “periódicamente actualizadas”, la suficiente económica de los ciudadanos durante la tercera edad.

Así mismo y con independencia de las obligaciones familiares “promoverán  su bienestar “mediante un sistema de “servicios sociales” que atenderán sus problemas específicos de salud vivienda, cultura y ocio.

C: Esto es el dicho, el hecho lo contradice demostrando que la tercera edad está viendo como los mayores, que tanto han contribuido para conseguir el Estado del Bienestar, se ven ahora menos preciado por las administraciones.

Art: 51: Los poderes públicos garantizaran la defensa de los consumidores  y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses  económicos de los mismos.

C: No  es esto lo que estamos viendo que sucede con el copago sanitario, la introducción de las preferentes y otras.

Artº 128: Toda la riqueza  del país  en sus distintas  forma y sea cual fuere su titularidad “está subordinada al interés general”.

C:  Tampoco en este aspecto es eso lo que ahora está ocurriendo, ya que estando el país con dificultades económicas, buena parte de  la riqueza unos cuarenta  y dos mil millones de euros, se destina para avalar, esperemos que no tengamos que pagarlos, los problemas que entidades financieras con una ambición sin límite y una dirección calamitosa se han creado, modificando incluso por sorpresa y de prisa la propia Constitución para ello, al mismo tiempo que se reduce los recursos para sanidad, educación, igualdad, cultura, se retira pagas extras a funcionarios, los pensionistas pierden poder adquisitivo, los desempleados ven recortadas las ayudas y un largo etc.

Artº 140: La Constitución garantiza la autonomía de los municipios. Estos gozaran de personalidad jurídica plena. Su gobierno y administración corresponde a sus respectivos Ayuntamiento, integradas por los Alcaldes y los Concejales.

C: como se entiende este articulo cuando actualmente los municipios son ampliamente tutelados por las administraciones superiores, tanto en el aspecto económico, como en el número de representantes que lo forman, acuerdos que adopten y otros.

Esto es lo que  dice nuestra Constitución y expuesto queda el uso que de ella se está haciendo por parte de las administraciones  y de los poderes fácticos  y no es eso lo que se pretendía cuando se aprobó.

Ante esta forma de proceder, muchas personas se preguntaran  para que existe y no se aplica para resolver algunas de los graves problemas que España tiene hoy planificado.

Otra pregunta que cabe hacerse es porque la mayoría  de los ciudadanos dejamos que unos pocos incumplan su  contenido, beneficiando con ello a una minoría y perjudicando a la gran mayoría.

Ya es hora de decir “BASTA”. De que se respete lo que en ella está escrito, aplicando la frase de Ramsés II cuando dijo aquello “Que así se escriba, pero que así se haga” y con ello los españoles podamos recuperar la confianza perdida, al sentirnos protegidos  por nuestra Constitución.

Juan Coronel Martín