Año 1908
-Debido a las malas condiciones higiénicas y de seguridad del Cementerio Católico de San Rafael, el Inspector Municipal de Sanidad, a instancias del Sr. Gobernador Civil de la Provincia, declaró la clausura inmediata del mismo.
-En cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 109 del Reglamento de Consumos y relación con el 53 del mismo, se designan los caminos que han de considerarse regulares a los efectos de dicho impuesto de paso y las calles por las que han de ser conducidas las especies que se adentren en el radio de la población, para el adeudo de los derechos y recargos:
1-Camino de Niebla. Se fija su entrada por la calle Sevilla, Esperanza o la del Rosal.
2-Camino alto de Moguer, por la calle San José, Mesón o la del Rosal.
3-Camino de la Parrilla o Pilar, directamente a la expresada calle Rosal.
4-Camino denominado Molino de Viento, por la calle Ruiseñores a la del Rosal.
5-Camino de Rociana y Almonte, por las calles Almonte, Calleja, Alejandro Márquez, Sevilla y Esperanza, a la mencionada del Rosal.
- Bonares digital colaboración de Raúl Delgado.